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Qué es un agente digitalizador y cómo comprobarlo

El agente digitalizador cobra el bono del Kit Digital que le cedes. Qué es, qué le piden las bases, dónde está el catálogo y qué revisar antes de firmar.

Esta guía explica una figura del Kit Digital, cuyas convocatorias han finalizado según Acelera pyme. No hay un bono nuevo que contratar hoy. Los bonos ya concedidos se siguen ejecutando con agentes adheridos.

Ciade no es un organismo público ni gestiona estas ayudas

Créditos del escudo

Dominio público, vía Wikimedia Commons

Un agente digitalizador adherido presta las soluciones del Kit Digital, el programa de ayudas de Red.es, y cobra el bono que tú le cedes. Lo define el artículo 10 de la Orden ETD/1498/2021.

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¿Qué es un agente digitalizador?

  1. Eliges la solución

    Seleccionas una solución del catálogo y firmas el acuerdo con el agente.

  2. Cedes el derecho de cobro

    El agente cobra el bono y tú pagas la diferencia con el precio de la solución.

100.000€

facturación mínima acumulada de una empresa en proyectos similares durante los dos años anteriores a la solicitud de adhesión

Orden TDF/435/2024, art. 10.1.a

50.000€

alternativa para una empresa: facturación mínima en proyectos similares el año anterior

Orden TDF/435/2024, art. 10.1.a

70.000€

facturación mínima acumulada en proyectos similares de un autónomo sin trabajadores, en los dos años anteriores

Orden TDF/435/2024, art. 10.1.a

35.000€

alternativa para un autónomo sin trabajadores: facturación mínima en proyectos similares el año anterior

Orden TDF/435/2024, art. 10.1.a

Quién puede adherirse

Empresa o autónomo
Empresas según el anexo I del Reglamento UE 651/2014 y personas en situación de autoempleo sin trabajadores a su cargo, con la facturación exigida.
Obligaciones al día
Estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social.
Adhesión
Aceptar y reunir las condiciones del Anuncio de Adhesión de Red.es. El procedimiento tuvo modificaciones en 2022 y 2024.
Comprobación
Colaborar en la comprobación de las ayudas y en su justificación ante Red.es.
Empresa en crisis
No puede ser una empresa en crisis según el Reglamento UE 651/2014.
Como beneficiario
Un agente adherido no puede ser beneficiario del programa, ni las empresas con las que subcontrate.

Importe y porcentaje: facturación mínima para adherirse (artículo 10.1.a)

Empresa (definición del anexo I del Reglamento UE 651/2014)

Facturación en proyectos similares: 100.000 € acumulados, o 50.000 €

Periodo: Dos años anteriores a la solicitud de adhesión, o el año anterior

Persona en situación de autoempleo sin trabajadores a su cargo

Facturación en proyectos similares: 70.000 € acumulados, o 35.000 €

Periodo: Dos años anteriores a la solicitud de adhesión, o el año anterior

Texto del artículo 10.1.a de las bases tras la Orden TDF/435/2024. La facturación debe corresponder al mercado español. Las cifras se comprueban según el Anuncio de Adhesión de Red.es. Fuente: www.boe.es · Consultado el 29/10/2026

Antes de firmar

  1. Comprueba que el agente aparece en el catálogo de Acelera pyme. Sin adhesión no puede firmar el acuerdo con tu bono.
  2. Comprueba que la solución es una referencia del catálogo. El agente no debe condicionarte a contratar productos ajenos al catálogo ni promocionarlos por el programa.
  3. Revisa que el trato respeta las reglas del bono que se explican a continuación.

Cómo funciona el contrato del bono

  1. Revisa la solución y el precio

    El acuerdo de prestación que firmas con el agente fija la ayuda aplicada; solo puedes contratar una solución por categoría y pagas la diferencia con su precio.

  2. Firma dentro del plazo

    Dispones de seis meses desde la notificación de la concesión, salvo que la convocatoria fije menos; después pierdes el derecho al importe que no esté asociado a un acuerdo.

  3. Da tu conformidad a la instalación

    La primera fase incluye la instalación y la factura del agente, con tu conformidad.

  4. Recibe el servicio posterior

    La segunda fase incluye mantenimiento, soporte y formación básica.

  5. Justificación y cobro

    El agente justifica la ayuda ante Red.es en tu nombre y cobra el bono.

Preguntas frecuentes

¿Qué es un agente digitalizador?

Es la empresa adherida al Kit Digital que presta las soluciones del catálogo. Firma contigo el acuerdo de prestación, instala o desarrolla la solución y justifica la ayuda ante Red.es. Cobra el bono que el beneficiario le cede. Las bases lo regulan en su artículo 10.

¿Ciade es agente digitalizador?

No. Ciade no es agente digitalizador ni asesor digital adherido y no tramita bonos ni ayudas. Esta sección solo informa de qué programas existen, en qué estado están y dónde está la fuente oficial. Para contratar un bono necesitas un agente que figure en el catálogo de Acelera pyme.

¿Cómo compruebo que un agente está adherido?

Busca su razón social en el catálogo de agentes de Acelera pyme, que se ordena por categoría de solución, sector y zona geográfica. Si no aparece, no puede firmar el acuerdo de prestación con tu bono. Pide siempre la referencia exacta de la solución del catálogo.

¿Puede un agente obligarme a contratar otros productos?

No. Las bases prohíben al agente condicionar al beneficiario a contratar productos que no correspondan al catálogo y promocionar por los canales del programa lo que no tenga referencia publicada. Si te lo piden, consúltalo con Red.es antes de firmar el acuerdo.

¿Puedo ser agente digitalizador y beneficiario a la vez?

No. Las bases excluyen como beneficiarios a los agentes adheridos y a las empresas con las que subcontraten la prestación. Para adherirte tienes que reunir los requisitos del artículo 10 de las bases y seguir el procedimiento del Anuncio de Adhesión de Red.es.

¿Hay un agente para el Kit Consulting?

El equivalente se llama asesor digital adherido y tiene su propio catálogo en Acelera pyme, con bases propias, la Orden TDF/436/2024. Ofrece servicios de asesoramiento, entre ellos uno de inteligencia artificial. El plazo de solicitud de ese programa también está cerrado.

Fuentes

Ciade solo informa. No es un organismo público ni gestiona estas ayudas. Estas son las fuentes oficiales usadas:

  • Orden ETD/1498/2021, artículos 7, 10, 12 y 21, BOE-A-2021-21873: boe.es (consultado el 2026-10-29).
  • Orden TDF/435/2024, artículo 10.1.a, BOE-A-2024-9523: boe.es (consultado el 2026-10-29).
  • Orden TDF/240/2025, BOE-A-2025-5041: boe.es (consultado el 2026-10-29).
  • Orden TDF/436/2024, bases del Kit Consulting, BOE-A-2024-9524: boe.es (consultado el 2026-10-29).
  • Acelera pyme, Kit Digital, con el catálogo de agentes y el Anuncio de Adhesión: acelerapyme.gob.es (consultado el 2026-10-29).
  • BOE-B-2024-21779, extracto de la convocatoria del segmento III: boe.es (consultado el 2026-10-29).

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